10.3 C
Madrid
jueves, 25 abril, 2024
10.3 C
Madrid
jueves, 25 abril, 2024

Gran Hermano abre sus puertas a los anónimos siete años después

La casa más famosa del mundo comienza...

Pedro Sánchez reflexiona sobre su continuación en la Moncloa

Pedro Sánchez publica en “X” una carta...

Miércoles

El próximo 11 de mayo harán trece...

Qué ha ocurrido exactamente con las elecciones anticipadas en Madrid

A pesar de las controversias generadas por las mociones de censura el Tribunal Superior de Justicia de Madrid mantiene la convocatoria de elecciones

Desde que saliera a la luz el movimiento de Ciudadanos y el PSOE para tomar el poder y derrocar a los populares en la Región de Murcia, la capital ha vivido un terremoto político que ha desembocado en una convocatoria de elecciones en las que parecen jugarse mucho más que el mero reparto de asientos en la Asamblea. Con estrategias como el “socialismo o libertad de Ayuso”, que confronta directamente Madrid con el Ejecutivo o el aterrizaje de emergencia de Pablo Iglesias en la política regional, a ningún madrileño se le escapa que en estos comicios se van a dilucidar muchos aspectos que cambiarán el horizonte político nacional.

Pero lo que sí nos ha costado entender a muchos ha sido todo el curso de acontecimientos y trámites burocráticos, técnicos y jurídicos que han acabado con el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TJSM) decretando que se mantienen las elecciones en la fecha prevista.

Pero para poder entender plenamente porque el 4 de mayo los madrileños tenemos que ir a votar es conveniente fijar el marco cronológico de los acontecimientos.

El 10 de Marzo, tras la finalización del Consejo de Gobierno, Ayuso firmó a las 12:25 un Decreto de Disolución de la Asamblea de Madrid y de convocatoria de elecciones el día 4 de Mayo de 2021.

Ante el anunció de la presidenta, tanto Mas Madrid como el PSOE presentaron sendas mociones de censura en el Registro de la Asamblea a las 13:03 y 13:07 respectivamente. A partir de este momento comienza la maraña jurídica.

La prohibición de disolver la Asamblea cuando hay una moción en tramitación

El elemento sobre el que pivota la disputa lo encontramos en el artículo 21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. En el mismo se establece que no se podrá acordar la disolución de la Asamblea cuando se encuentre en tramitación una moción de censura. De esta forma se pretende evitar que los presidentes huyan de las mociones de censura en las que la cámara retira su confianza, convocado elecciones. Sin embargo, el caso aquí planteado escapa del supuesto de hecho típico previsto en la norma y es que las mociones fueron planteadas después del anunció de la convocatoria de elecciones.

A pesar de esto la Mesa de la Asamblea decidió admitir a trámite las mociones de censura. El asunto es más complicado de lo que parece pues de conformidad con el artículo 42.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, los decretos de disolución anticipada se publican un día después de su expedición y solo entran en vigor el día se su publicación. Por lo tanto, atendiendo a esta interpretación se puede defender y así lo hace la Asamblea, que había dos mociones de censura en tramitación antes de la plena validez de la disolución ya que, si bien Ayuso había firmado dicho decreto ante de las mociones, este aún no se había publicado y por lo tanto no había desplegado plenos efectos jurídicos.

Sin embargo, una vez se publica oficialmente el decreto de disolución, que pone fin a toda actividad de la Asamblea, se reúne la Diputación Permanente, que es el órgano encargado de velar por los poderes de la cámara cuando esta cerrado el periodo de sesiones, bien por vacaciones o bien por lo que se conoce como periodo Inter legislatura, que va desde la disolución o expiración del mandato de la cámara hasta su nueva constitución en elecciones.

El recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid

La Mesa de la Diputación permanente acaba aceptando la disolución, pero interpone un recurso ante el TJSM para que sea este el que resuelva si el decreto de disolución y por ende el adelanto electoral de Ayuso se ajusta a derecho. Además, solicita como medida cautelarísima la suspensión de la convocatoria de elecciones.

Cuando se solicitan medidas cautelares, el trámite ordinario establece que se dará audiencia a la parte contraria en un plazo no superior a diez días y se resolverá sobre la adopción de estas dentro de los cinco días siguientes. Ahora bien, cuando los interesados alegan la concurrencia de circunstancias de especial urgencia, el Tribunal podrá, en el plazo de dos días mediante auto y sin oír a la parte contraria, apreciar tales circunstancias adoptando o denegando la medida cautelar solicitada. Es lo que se conoce como medidas cautelarísimas o provisionalísimas.

En el caso planteado el TSJM admite esa especial urgencia ya que tanto la actividad parlamentaria de la Asamblea como el proceso electoral ya iniciado pendían de la decisión judicial sobre las medidas cautelares. Su relevancia y afectación a los intereses generales hacen que sea necesario resolver cuanto sobre este asunto

El fondo del asunto

Una vez apreciada esa especial urgencia el siguiente paso es entrar a valorar la medida cautelar propuesta. Los magistrados entienden que no cabe adoptar las medidas propuestas y que por lo tanto deben mantenerse las elecciones en Madrid el 4 de mayo.

Antes de adoptar cualquier medida cautelar se deben ponderar todos los intereses en conflictos y para el tribunal de aceptarse la tesis de la Asamblea se podría suprimir o podría verse afectada la disolución anticipada y convocatoria de elecciones como facultad constitucionalmente reconocida. Argumenta en el auto que debe entenderse que tal facultad queda válidamente ejercitada desde el momento en que firma el Decreto de Disolución y convocatoria de elecciones, y sin perjuicio de que la eficacia de esta convocatoria electoral se despliegue una vez publicado el repetido Decreto en el Boletín Oficial.

De lo contrario se podría vaciar de contenido dicha facultad pues bastaría para neutralizarla con presentar mociones de censura con posterioridad a la adopción del acuerdo de disolución. De esa forma estaríamos ante una situación en la que incluso cumpliendo las exigencias impuestas legal y estatutariamente la decisión quedaría en manos del número de diputados que ostentaran la representación exigida para presentar una moción de censura por lo que de facto el presidente carecería de ningún tipo de poder.

Todavía queda un largo camino judicial

Ahora bien, debemos recordar que la decisión sobre la adopción de medidas cautelares debe llevarse a cabo sin prejuzgar el fondo del litigio. Por lo tanto, el TSJM aún no ha resuelto si el decreto firmado por Ayuso es conforme a derecho, lo que resuelve el auto es la no idoneidad de suspender las elecciones como medida cautelar antes de que se entre a valorar el recurso. Además, lo más seguro es que la disputa acabe en el Tribunal Constitucional.

Por lo tanto aún tendremos que esperar para saber en que quedará este asunto tan complejo con numeroso recovecos jurídicos, posibles interpretaciones y falto de referencias anteriores. Pero mientras tendremos que ir a votar y decidir que hacemos con los que nos han ofrecido este espectáculo tan marcadamente partidista y poco consecuente con la situación en la que nos encontramos.

 

 

Actualidad y Noticias

+ Noticias de tu interés

La liberalización de las patentes de la vacuna a examen

La liberalización de las patentes de las vacunas no es una propuesta especialmente novedosa, pero el hecho de que sea el presidente de los Estados Unidos su principal defensor sí que constituye algo inédito. Hasta ahora, la suspensión de las...

Las claves para entender el caso de Pablo Hasél

La inminente entrada en prisión de Pablo Hasél ha causado una gran conmoción en las redes, pero es necesario abordar una serie de temas como la suspensión de condena o el tipo delictivo cometido para entender mejor la situación...

El delito fiscal y el blanqueo de capitales

Tras el pertinente y minucioso análisis al discurso del Rey, son muchas las voces que han echado en falta un posicionamiento claro sobre las supuestas fechorías de su padre y el escándalo que estas han acarreado. No en vano...

Descubre más desde Noticias. Actualidad

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo