La reforma del Código Penal que ha llevado a cabo el Gobierno implica, entre otras cosas, la modificación del delito de malversación y la derogación del de sedición; unas medidas que podrían afectar a los implicados en la trama del procés.
Elías Bendodo, el número tres de Feijóo, afirma que “Sánchez dijo que iba a traer a Puigdemont y lo ha hecho, pero con una alfombra roja”. Con ello, muestra la oposición del PP a la reforma del Código Penal que elimina el delito de sedición y modifica el de malversación. Pero ¿es cierto que Puigdemont puede volver a España sin cargos?
La reforma del Código Penal
El pasado 22 de diciembre se aprobó en el Senado la derogación del delito de sedición, la reforma del de malversación y la introducción de modificaciones con respecto a delitos como la ocultación de cadáveres, el contrabando de material de defensa, el empleo de medios de pago inmateriales para cometer fraudes o la obtención de información privilegiada sin tener acceso reservado.
Esta reforma salió adelante con 140 votos a favor, 118 en contra y tres abstenciones; y ha entrado en vigor el 12 de enero. La modificación del Código Penal resulta de un acuerdo entre el Gobierno y el grupo parlamentario de ERC que podría beneficiar a aquellos implicados en la trama del procés.
Sin embargo, a pesar de ser una propuesta llevada a cabo por el Gobierno, miembros del propio PSOE han confesado su descontento con la decisión. Emiliano García-Page, presidente de Castilla-La Mancha, y Javier Lambán, presidente de Aragón; se mostraron muy críticos al considerar que únicamente se pretendía contentar a los independentistas. García-Page declaró incluso que “estamos en plena escalada de precios y lo único que se va a abaratar es el ataque a la Constitución”.
Modificaciones del delito de malversación
Con los cambios introducidos en el delito de malversación, se distinguen ahora tres tipos de infracciones. Por un lado, se reconoce la apropiación de dinero público con ánimo de lucro, ante lo que se mantienen las penas recogidas en el Código Penal previo a su modificación: prisión de dos a seis años e inhabilitación de seis a diez. Asimismo, las penas se agravan en caso de que “las cosas malversadas fueran de valor artístico, histórico, cultural o científico”.
Por otro lado, se contempla el uso de fondos públicos para “usos privados” sin que haya ánimo de apropiación; en cuyo caso la pena de prisión sería de seis meses a tres años y la inhabilitación de uno a cuatro años. En el supuesto de que no se devolviera el patrimonio público correspondiente en los diez días siguientes al inicio del caso, se aplicarán las sanciones correspondientes a la malversación con ánimo de lucro.
Y, por último, se reconoce la malversación sin ánimo de lucro. Esta implica una pena de cárcel de uno a cuatro años – es decir, se rebaja de 15 a cinco años la pena máxima e inhabilitación de dos a seis años, siempre que haya “daño o entorpecimiento graves del servicio”. En resumen, se pretende mantener las penas cuando la malversación se base en el uso personal del dinero y reducirlas en aquellos casos en los que se trate de desvíos presupuestarios.
Además, con el objetivo de reforzar la lucha contra la corrupción, se ha añadido el delito de “enriquecimiento ilícito”, que recoge penas de entre seis meses y tres años de prisión e inhabilitación de dos a siete años para aquellos que hayan ocupado un cargo público y cuyo patrimonio aumente en más de 250.000 euros hasta cinco años después de abandonar su puesto, sin que puedan justificarlo.
La derogación del delito de sedición
El delito de sedición que recogía el Código Penal afectaba a quienes “se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de leyes”, o evitaran que cualquier “autoridad, corporación oficial o funcionario público” desempeñe sus funciones. Este delito, aplicado a los dirigentes implicados en el procés, conllevaba una pena de 15 años de cárcel, dado que se consideraba un suceso agravado al tratarse de autoridades públicas.
Tras la derogación del delito de sedición, se ha instaurado un sustituto: el delito de “desórdenes públicos agravados”, que incluye penas para los cargos públicos de entre tres y cinco años de prisión. Así, se verían reducidas las penas de cárcel de los dirigentes independentistas procesados en más de diez años.
Existe además una disyuntiva entre el Gobierno y el Tribunal Supremo respecto a la derogación de la sedición. El Gobierno argumenta que se pretende “armonizar” las penas impuestas en España con las de otros países de Europa, mientras que el Tribunal Supremo constata que los hechos sucedidos el 1-O van más allá del delito contra el orden público, por lo que en otros países como Francia, Alemania o Italia habrían sido penados más severamente al excederse de un mero delito de sedición.
El conflicto
El juez Llarena, magistrado del Tribunal Supremo e instructor de la causa del procés y de la causa contra Carles Puigdemont, ha aplicado la derogación de la sedición al que fuera presidente de la Generalitat, pero sostiene que debe ser procesado por malversación y desobediencia.
El magistrado manifiesta que la derogación del delito de sedición favorece a Puigdemont porque plantea un “contexto cercano a la despenalización”, puesto que los hechos, afirma Llarena, no pueden ser considerados como desórdenes públicos. Añade, sin embargo, que la reforma de la malversación no beneficia al expresidente catalán, por lo que se mantienen las penas atribuidas a este por el empleo ilegítimo de fondos públicos.
Por su parte, la Abogacía del Estado y la Fiscalía piden que Puigdemont sea juzgado por el delito de “desórdenes públicos agravados”. Alegan que si Llarena no ordena la entrega del expresident y el resto de dirigentes independentistas fugados por el delito de desórdenes públicos, después no podrán ser acusados ni juzgados por dicho delito.
Antecedentes
Puigdemont, que era presidente de la Generalitat, declaró unilateralmente la independencia de Cataluña en 2017. Con ello, tanto el expresidente como los tres exconsejeros catalanes – Toni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí – se marcharon a Bélgica huyendo de la justicia española; mientras que Marta Rovira, actual secretaria general de ERC, eligió Ginebra como destino.
Puigdemont fue detenido en Alemania en 2018, pero los tribunales alemanes solo aceptaron la entrega por el delito de malversación, eximiéndole del de rebelión, por lo que el Tribunal Supremo lo rechazó. Asimismo, volvió a ser detenido en Cerdeña en septiembre de 2021 tras una conferencia, pero se congeló su entrega a la justicia española a la espera del pronunciamiento europeo acerca del recurso presentado por Puigdemont contra la retirada de su inmunidad como eurodiputado.
Cómo afecta la reforma del Código Penal a los implicados en el procés
El juez Llarena asegura que la eliminación del delito de sedición acerca a los independentistas procesados a un contexto de despenalización, dado que no se pueden considerar los actos sucedidos el 1 de octubre de 2017 como “desórdenes públicos agravados”.
Además, de esta derogación del delito de sedición se beneficiarían también los políticos indultados de la pena de cárcel que aún cumplen con la inhabilitación impuesta, como Oriol Junqueras. Así, si el Tribunal Supremo le absuelve, tendría la posibilidad de presentarse a las próximas elecciones al Parlament de Catalunya. Esto ocurre porque los cambios mencionados en el Código Penal son de aplicación retroactiva en el caso de que beneficien al reo.
En cuanto a los prófugos, Puigdemont, Comín y Ponsatí están procesados por los delitos de sedición, malversación y desobediencia. Así, de volver a España, podrían ver reducida la pena de prisión por la eliminación del delito de sedición, pero no podrían librarse de la cárcel si se prueba la malversación.
Por su parte, en el caso de Marta Rovira, al ser procesada únicamente por el delito de sedición, su pena podría verse reducida a entre tres y cinco años, frente a los 13 que recibió inicialmente de condena Junqueras. Esta reducción de la pena de prisión a cinco años implica que la prescripción del delito se reduciría también a ese lapso, un período de tiempo que ya ha transcurrido. Sin embargo, en el concepto de prescripción entran en juego otras variables como la interrupción del plazo por acciones judiciales del Tribunal Supremo.
En cuanto a la reforma del delito de malversación, el Gobierno afirma que el caso del procés se categorizaría en el tipo referido a que el patrimonio público reciba “una aplicación pública diferente de aquella a la que estuviere destinado”. Así, el auto del Supremo concluye que en relación con la causa de los dirigentes independentistas huidos no se aminorará la pena a la que fueron condenados.
La respuesta de Puigdemont
Gonzalo Boye, abogado del expresidente de la Generalitat, ha declarado que la entrega de Puigdemont a España no es más sencilla tras la reforma del Código Penal. Por su parte, el líder independentista constata en un vídeo que ha compartido por redes sociales que no volverá “ni esposado ni rendido ante un juez español”; por lo que esperará a ver si el TGUE (Tribunal General de la Unión Europea) le concede finalmente la inmunidad.
El expresident justifica su decisión alegando que actualmente la justicia española “no puede dar garantía alguna de derechos fundamentales y por tanto, no es democrática”. Recalca que han “dedicado más de cinco años de su vida a luchar contra un Estado muy poderoso” y que “quieren ganar una libertad que ninguna institución española les dará”.
Que ningú no en tingui cap dubte: no tornaré ni emmanillat ni rendit davant d’un jutge espanyol per tal que sigui indulgent. No avalaré amb el meu benefici personal una política que pretén criminalitzar l’anhel dels catalans de viure en un país lliure https://t.co/GeMthMgeRH pic.twitter.com/zd01K1zqZc
— krls.eth / Carles Puigdemont (@KRLS) January 12, 2023
Con todo ello, si bien la reforma del Código Penal podría suponer una rebaja de las penas a los dirigentes independentistas implicados en el procés, seguirán siendo juzgados por los delitos de malversación y desobediencia. Así, Puigdemont sigue negando su vuelta a España amparando su deseo de regresar sin cargos en una «batalla europea» que, asegura, emprende en nombre de todos los independentistas.