La reducción de fondos para la justicia transicional en Colombia amenaza con frenar la investigación de los crímenes del conflicto, dejando a las víctimas sin reconocimiento
Hay decisiones que se toman lejos de las víctimas, pero cuyas consecuencias pueden alcanzarlas muchos años después. En los despachos del poder, el recorte presupuestario de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se discute entre cifras y votaciones.
En los territorios donde la guerra dejó sus heridas, la justicia tiene otro significado: conocer el destino de un ser querido, escuchar el reconocimiento de un responsable o encontrar, por fin, una respuesta que durante décadas pareció imposible.
Por eso, el debate sobre el recorte presupuestario de la JEP no puede agotarse en cuánto cuesta mantenerla. La pregunta verdaderamente incómoda es otra: ¿qué condiciones está dispuesto a garantizar el Estado para que la justicia transicional cumpla su mandato?
El 20 de octubre, el Congreso dio inicialmente por aprobado un presupuesto para 2027 que contemplaba una reducción de 181.400 millones de pesos (unos 40 millones de euros) para la JEP. Sin embargo, una diferencia no conciliada entre Senado y Cámara impidió concluir el trámite legislativo. El Gobierno anunció entonces que expediría el presupuesto por decreto, tomando como referencia el texto aprobado en primer debate, que incluía un recorte de 170.000 millones de pesos (cerca de 37,5 millones de euros).
La justicia necesita recursos
La JEP, nacida del Acuerdo Final de Paz de 2016, fue concebida para esclarecer responsabilidades, contribuir a la verdad y garantizar los derechos de las víctimas de los crímenes más graves relacionados con el conflicto armado.
Su labor exige mucho más que actuaciones judiciales convencionales. Investigar patrones de macrocriminalidad, escuchar a las víctimas y propiciar escenarios de reconocimiento requiere equipos especializados y presencia territorial. La justicia debe llegar precisamente a los lugares donde la violencia dejó sus consecuencias más profundas.
Según La Silla Vacía, del recorte inicial de 170.000 millones de pesos, 140.000 millones (unos 31 millones de euros) correspondían a inversión y 30.000 millones (casi 7 millones de euros) a funcionamiento. Aunque el Gobierno sostiene que el ajuste no afectará las funciones misionales, su distribución plantea interrogantes sobre las capacidades que podrá preservar la Jurisdicción.
La participación de las víctimas no puede limitarse a un derecho escrito en las normas. Requiere acompañamiento, garantías de acceso y oportunidades reales de intervenir en los procedimientos. La Constitución colombiana reconoce —expresamente— la autonomía administrativa, presupuestaria y técnica de la JEP. Esa garantía debe armonizarse con la responsabilidad fiscal, pero no puede reducirse a una formalidad. No puede la justicia transicional convertirse en una promesa cuya efectividad dependa de las prioridades presupuestarias de cada gobierno.
La JEP, una garantía constitucional para la paz y las víctimas
La discusión tampoco se limita al presupuesto. Como ha advertido Rodrigo Uprimny, existen iniciativas de reforma constitucional que proponen reducir el horizonte de funcionamiento de la JEP y permitir que determinadas sentencias contra integrantes de la Fuerza Pública sean revisadas por el Tribunal Superior Militar y Policial.
Aunque todavía son propuestas legislativas, abren interrogantes sobre la continuidad de las investigaciones, la independencia judicial, la seguridad jurídica y los derechos de las víctimas.
La justicia transicional constituye una respuesta excepcional a las atrocidades del conflicto armado. Su carácter temporal no puede separarse de la finalidad para la cual fue creada: esclarecer responsabilidades y ofrecer respuestas judiciales frente a graves crímenes. Defender la independencia de la JEP y las condiciones para culminar su mandato es proteger las garantías constitucionales que justificaron su creación.
Las víctimas no pueden quedar esperando otra promesa
Las investigaciones sobre secuestro, reclutamiento de menores y ejecuciones extrajudiciales han contribuido a reconstruir patrones de violencia, identificar responsabilidades y abrir espacios de reconocimiento. Son avances jurídicos e históricos que merecen ser reconocidos.
Especial relevancia tienen las sanciones propias, uno de los aportes del modelo colombiano de justicia restaurativa. Esta naturaleza no significa ausencia de sanción: la legislación vigente contempla obligaciones reparadoras, restricciones efectivas de libertades y derechos, y mecanismos de verificación.
Una sentencia puede ser el comienzo de una transformación que trascienda los expedientes judiciales. Para materializar sus efectos se requieren recursos, coordinación y seguimiento. Esa responsabilidad no recae exclusivamente sobre la JEP: otras entidades estatales, dentro de sus competencias, también deben contribuir al cumplimiento de las medidas restaurativas.
Desde el Derecho Público, la transparencia y la rendición de cuentas son deberes de toda función estatal. La eficiencia administrativa y la independencia judicial no son incompatibles; ambas deben estar al servicio de los derechos de las personas.
El recorte presupuestario de la JEP plantea, entonces, una cuestión que trasciende las cifras: la capacidad del Estado para sostener los compromisos asumidos después de una guerra que dejó demasiadas heridas abiertas.
Porque hay algo más terrible que una guerra que dejó miles de ausencias: que, después de sobrevivir a ella, las víctimas deban enfrentarse también al silencio de las instituciones. Colombia no puede permitir que quienes esperaron décadas por la verdad envejezcan a las puertas de una justicia que el propio Estado prometió garantizar.
La JEP representa una oportunidad histórica para que el horror encuentre responsables y el dolor, reconocimiento. Debilitar las condiciones para cumplir ese mandato sería arriesgarnos a una segunda forma de abandono: aquella en la que ya no son las armas las que silencian a las víctimas, sino las promesas de justicia que nunca terminan de cumplirse.


