La falta de consentimiento clave en el delito de agresión sexual
El expresidente Rubiales y el resto de acusados quedan absueltos por un presunto delito de coacciones a la jugadora.
Tras nueve jornadas de juicio que se han extendido durante dos semanas en el mes de febrero, el caso de Jennifer Hermoso y Luis Rubiales ya conoce una sentencia. El Juez Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José Manuel Clemente Fernández-Prieto, ha condenado a Luis Rubiales, expresidente de la Real Federación Española de Fútbol, por el beso en la boca no consentido a la jugadora. Los hechos ocurrieron durante la ceremonia de entrega de medallas del pasado mundial femenino celebrado en Agosto de 2023 en Sidney (Australia), donde el equipo español se proclamó vencedor.
Rubiales, que mantuvo que ese beso fue consentido, deberá pagar una multa de 10.800 euros, lo que equivale a 20 euros diarios durante 18 meses. Además, también deberá pagar una indemnización a Jennifer Hermoso de 3000 euros. A las cuantías numéricas, también se suma la obligación de guardar 200 metros de distancia con la jugadora como la prohibición de poder comunicarse con ella durante un año. De esta forma el juez admite que existió una agresión sexual. Considera que el beso tuvo lugar de forma «sorpresiva y sin consentimiento ni aceptación» por parte de Hermoso. A ello, se le suma la clara «connotación sexual» que conlleva besar a una mujer. Esta sentencia deja a Rubiales fuera de la pena de cárcel debido a «la vista de la entidad de la agresión», además de ser un «acto esporádico».
El juez no observa coacciones por parte de los directivos de la RFEF
La otra imputación que sumaba Luis Rubiales en este juicio era el presunto delito de coacciones a la jugadora días después del mundial. La polémica que generó el beso acaparó todos los focos de interés social y político. El delito de coacciones también podría haber recaído sobre Jorge Vidal, exseleccionador nacional, Albert Luque, ex-director de la selección masculina y Rubén Rivera, encargado del marketing de la Federación. Sin embargo, tanto Rubiales como el resto de imputados han quedado absueltos de esta instancia. Las presiones imputadas a los cuatro acusados no han sido significativas para constituir delito. Según el juez José Manuel Clemente, el delito de coacción implica «violencia e intimidación», cosa que no ha apreciado en este caso.
Fiscalía, al igual que la acusación particular de Jennifer Hermoso, pedía dos años y medio de prisión para Luis Rubiales por delito de agresión sexual. Al resto de acusados, se reclamaba la pena de un año y medio por las presuntas coacciones a la jugadora.
Una sentencia que concluye una página negra en la historia del deporte español
La sentencia se basa en la palabra ‘consentimiento’. La falta de consentimiento ha determinado la existencia de agresión sexual, alineándose con lo mantenido por Jennifer Hermoso desde el principio del proceso judicial. Esto lo reforzaba a su vez la Ministra de Igualdad, Ana Redondo, a través de redes sociales.

Tras la conocida ya sentencia por el beso de Rubiales a Jenni Hermoso, ambos han mostrado su intención de recurrirla. Esta sentencia pone fin al mayor escándalo que ha marcado al deporte español. La denuncia por parte de las jugadoras ha sido esencial para mantener estas situaciones fuera de cualquier campo de juego.

