Su cuerpo era «corroboración fidedigna» de su testimonio
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 50 años de prisión impuesta a un joven que retuvo, maltrató y agredió sexualmente a su pareja, una menor de 16 años, durante 35 días. Con esta decisión, el alto tribunal rechaza el recurso presentado por el acusado y deja firme la sentencia dictada por los tribunales madrileños.
Un cautiverio de más de un mes
Los hechos ocurrieron entre octubre y noviembre de 2021 en Fuenlabrada, Madrid. El condenado tenía entonces 19 años. Durante ese tiempo, sometió a la menor a un control constante y la aisló de su entorno familiar y social.
Primero convivieron en casa del padre del agresor. Allí ya le impedía asistir al instituto y salir sola. Días después se trasladaron a un piso compartido. En ese nuevo domicilio la situación empeoró.
Aislamiento y violencia continuada
Según recoge la sentencia, el joven le prohibió salir del piso y poco después incluso de la habitación. Buscaba evitar cualquier contacto con los otros inquilinos. Además, dejó su trabajo para vigilarla de forma permanente.
Las agresiones eran frecuentes y especialmente violentas. El tribunal describe un clima de miedo constante, con amenazas y malos tratos físicos y psicológicos.
La situación terminó cuando la menor logró escapar mientras él intentaba retenerla. El ruido alertó a los otros ocupantes de la vivienda, que acudieron y la encontraron gravemente herida.
Pruebas contundentes
El condenado fue sentenciado por delitos de intento de asesinato, agresión sexual, malos tratos habituales, lesiones, amenazas y detención ilegal. Además de la pena de prisión, tiene prohibido acercarse o comunicarse con la víctima y deberá indemnizarla con más de 200.000 euros.
En su recurso, la defensa cuestionó la credibilidad de la joven. Sin embargo, el Supremo considera que no existen pruebas que contradigan su relato. Las lesiones sufridas fueron determinantes y confirmaron su versión de los hechos.
Sin reducción de pena
El acusado también alegó problemas de adicción al alcohol y drogas para intentar rebajar la condena. El tribunal descarta esta circunstancia al no existir pruebas que acrediten que estuviera afectado en el momento de los hechos.
Con esta decisión, el Tribunal Supremo pone fin a la vía judicial ordinaria y deja definitivamente firme la condena de 50 años de prisión.


