Los ayuntamientos han comenzado con el sorteo donde se designarán a los titulares y suplentes de las mesas electorales del 23-J
Los ayuntamientos ayer pudieron empezar con el sorteo para designar a los titulares y a los suplentes de las mesas electorales del 23-J. En principio, el sorteo iba a comenzar el sábado 24 de junio y terminaría el miércoles 28. Sin embargo, la Junta Electoral Central decidió adelantar el comienzo dos días.
Se prevé que en estas elecciones se habilitarán 60.340 mesas. Cada mesa está compuesta por tres cargos (presidente y dos vocales). Sin embargo, no se eligen a tres personas, sino a nueve, ya que se designan dos suplentes por puesto.
Por ello, durante ocho días, los ayuntamientos, que tienen la competencia de nombrar a los integrantes de estas mesas, elegirán a más de 180.000 miembros titulares y a más de 360.000 suplentes. Todos ellos serán convocados en su mesa a las 8 de la mañana del 23 de julio. Por su labor ese día recibirán 70 euros de dieta.
Las personas designadas recibirán una comunicación tres días después del sorteo junto a un manual de instrucciones sobre el trabajo que tendrán que desempeñar ese día. Es obligatoria la participación de estos miembros en las elecciones, salvo por causa justificada y aceptada por la Junta Electoral de la Zona.
¿Las vacaciones eximen de no presentarse a la mesa electoral?
Tras recibir la notificación, los alegados tendrán siete días para presentar alegaciones. La gran pregunta de estas elecciones es: ¿las vacaciones son una excusa para no presentarse a la mesa electoral?
Dado que las elecciones se celebran en plena estación vacacional, la Junta Electoral Central ha señalado que se puede alegar la contratación de vacaciones, pero si estas han sido pagadas antes de la proclamación de la convocatoria de elecciones (30 de mayo). Además, la anulación tiene que suponer al ciudadano un perjuicio económico demostrable. Aún así, la Junta Electoral se debe asegurar de que hay suficientes personas en la mesa electoral.
En el caso de que «el presidente y los vocales de las mesas electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses«, según dicta la Ley Electoral (LOREG).
Personas que entran en el sorteo
En el sorteo entran las personas censadas menores de 70 años y que sepan leer y escribir. Aunque los ciudadanos que tengan más de 65 años pueden renunciar, en el caso de ser seleccionados.
Asimismo, para ser presidente de una mesa electoral se debe contar con el Graduado Escolar o un título equivalente, con el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segunda grado.

