La propuesta del PSOE y Sumar de incluir el aborto en el artículo 43 de la Constitución se estancará si no consigue el apoyo del PP, que ya se ha manifestado en su contra
Esta semana, la agenda mediática del PSOE la protagonizan los trámites para proteger el aborto en la Constitución. Su idea es incluir un cuarto párrafo al artículo 43. El nuevo texto dicta que: “Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres”.
Si llega a buen puerto, la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) se reconocerá como un servicio prestacional que deberá ser satisfecho en el sistema sanitario público. Aunque parezca una lucha obsoleta, las últimas estadísticas publicadas por el Ministerio de Sanidad revelaron que, en 2024 en España, únicamente el 21’2% de los abortos se realizaron en centros públicos, frente al 78’8% restante en centros privados. En comunidades autónomas como Castilla la Mancha, Murcia, Andalucía y Extremadura, menos del 1% de las IVE se ejecutan en la sanidad pública, según una información de ElDiario.es. Son estas las estadísticas que aspira a invertir el Gobierno.

A comienzos de 2024, cuando Francia se convertía en el primer país del mundo en incluir el aborto en su Constitución, Yolanda Díaz ya propuso una reforma similar para España. Entonces, la ministra de igualdad Ana Redondo rechazó su plan al asegurar que no se daban las condiciones para lograr la aprobación del PP. En febrero de este año Sumar recuperó la iniciativa argumentando la necesidad “de una verdadera garantía real del derecho al aborto”. El texto ni siquiera fue debatido en el Congreso.
¿Por qué ahora?
Esta semana el PSOE se ha propuesto liderar su propia reforma, aunque con objetivos similares. ‘¿Por qué ahora?’. Es la pregunta que planteó y respondió la ministra de igualdad en la rueda de prensa del martes. Razonó que hoy sí es necesario para hacer frente a “la ola reaccionaria que estamos sufriendo», y añadió: «estamos viendo que mayorías absolutas en Madrid son capaces de revertir los derechos”.
La ministra hizo referencia al asunto del síndrome ‘post-aborto’ con el que sacudieron la opinión pública PP y Vox hace dos semanas. El el Ayuntamiento de Madrid de José Luis Martínez – Almeida aprobó la propuesta de Vox de obligar a los servicios municipales a informar a las pacientes embarazadas que desean abortar sobre un supuesto síndrome que no está científicamente verificado.
En la convocatoria de medios también se recriminó a Isabel Díaz Ayuso su rechazo a elaborar el registro de médicos objetores de conciencia del aborto que ordena la ley. “¡Váyanse a otro lado a abortar!”, respondió Ayuso el pasado jueves en la Asamblea de Madrid cuando se le cuestionó la negativa. Lejos de cerrar bocas, la tajante respuesta desautorizó a su propia consejera de Sanidad, Fátima Matute, que había anunciado que sí cumpliría con la ley. Y abrió una grieta en la dirección nacional del PP, que deseaba terminar rápido con el asunto del aborto que había desatado Almeida.
Ahora, la presidenta de la Comunidad de Madrid asegura que la decisión de elaborar el registro la tomarán sus servicios jurídicos. El Gobierno da un mes a Madrid, Baleares y Aragón -las otras dos comunidades que no habían seguido la orden- para crear el registro antes de ir a los tribunales.

¿Qué tiene que pasar para que se consolide la propuesta del PSOE y Sumar?
Sobre el anteproyecto presentado por PSOE y Sumar el Consejo de Estado debe emitir su juicio. Y, de momento, el Gobierno tiene que luchar en el debate parlamentario para convencer a todos los grupos de que su propuesta merece salir adelante. Ahora mismo hay muy pocas probabilidades de que se supere esta fase. La propuesta tiene que recibir una mayoría de tres quintos (210 diputados) en el Congreso. Tanto Vox como PP han expresado claramente que votarán en contra. Feijóo ha argumentado que el aborto es “una prestación del sistema… no un derecho fundamental”.
Si se diese una vuelta de tuerca al asunto, el texto se llevaría al Senado, donde puede aprobarse sin modificaciones o introducirse cambios. Para los cambios habría que congregar una Comisión Mixta para que Congreso y Senado acuerden un nuevo texto común. Este tendría que ser ratificado por tres quintos de las dos Cámaras o la mayoría absoluta del Senado y dos tercios del Congreso (234 diputados). Llegados a este punto, se abre un plazo de 15 días durante el que el 10% de los diputados o senadores pueden decidir que se haga un reférendum.
Suena complejo, pero el Gobierno ha decidido incluir el aborto en el artículo 43 precisamente para simplificar el proceso. Al no tratarse de un derecho fundamental (artículos del 15 al 29), no es necesario ni disolver las cortes y convocar elecciones ni hacer un referéndum obligatorio.
Una propuesta imperfecta
La reforma constitucional está siendo caldo de debate por la materia que ampara, pero también por sus características jurídicas. Se habla de una posible desprotección del derecho al incluir el aborto en el artículo 43. Este reconoce “el derecho a la protección de la salud” y pertenece al capítulo ‘De los principios rectores de la política social y económica’.
Algunos expertos están recordando en los medios que la ley de 2010 sobre la Salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo ya entiende que el aborto está protegido por el artículo 15. Un derecho fundamental que vela por “la libertad con límites de la mujer para tomar decisiones sobre su vida y su cuerpo”. Por tanto, si se agrega el aborto en el artículo 43 dejaría de ser considerado un derecho fundamental con todas las garantías que esto implica. En teoría, los principios rectores son orientativos del funcionamiento de los servicios públicos, pero no reconoce el aborto como un derecho exigible a los tribunales.

